La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes 7 de septiembre la inconstitucionalidad de la penalización de las mujeres y personas que deciden abortar en la primera etapa del embarazo, así como el reconocimiento al derecho a decidir, lo cual se convirtió en un fallo histórico en la historia de México.
Por unanimidad, las y los 10 ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del código penal del estado de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.
El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado (hasta las primeras 12 semanas de gestación) en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.
La decisión que este día tomó la SCJN solo invalida el Código Penal del territorio coahuilense; no obstante, sienta un precedente obligatorio para que todos lo tribunales del país fallen en favor de las mujeres que deciden interrumpir el embarazo en los demás estados de la república.